JUSTICIA

La justicia obliga a la Fundación a devolver 326.000 euros a la Junta de CyL por ser «subvención ilegal»


martes 11 abril, 2023

La Fundación Toro de Lidia deberá devolver unos 350.000 euros en total -incluidas las costas judiciales y los intereses de demora- tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Borja Cardelus
Borja Cardelús, Director General de la Fundación Toro de Lidia. © FTL

La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ CyL) ha condenado a la Fundación Toro de Lidia a devolver 326.000 euros a la Consejería de Cultura de la Junta de esta comunidad autónoma por haber recibido de ésta una «subvención ilegal» en el año 2020 para celebrar el Circuito de Novilladas de esta región, según la sentencia a la que ha tenido acceso este medio de comunicación.

La demanda, finalmente estimada íntegramente, fue interpuesta por la Agrupación de Profesionales Taurinos Luchadores por entender que se estaba impidiendo el acceso a fondos públicos sobre los que se tenía derecho a la mayoría de empresarios de este sector, para que se beneficiaran exclusivamente dos «empresarios afines a la Fundación Toro de Lidia», recoge la sentencia.

El motivo, además, se basa en las nueve novilladas que se le adjudicaron a una empresa en concreto de las once que constaba el Circuito.

La cantidad a devolver por la Fundación Toro de Lidia podría rondar los 350.000 euros

Detalle Torero
Detalle de un torero. © Plaza 1

Paralelamente, se interpuso una querella criminal contra el entonces consejero de Turismo de Castilla y León y Victorino Martín por un presunto delito de Prevaricación Administrativa, la cual estaba sobreseída. Presumiblemente la causa penal podría reanudarse con la sentencia referida.

A la cantidad referida hay que añadir las costas judiciales y los intereses de demora, por lo que la cantidad a devolver por la Fundación Toro de Lidia podría rondar los 350.000 euros.

Hay que tener en cuenta que el motivo por el que debe realizarse la devolución de dicha cantidad es debido a que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones establece que toda subvención recibida de forma ilegal debe ser devuelta por el beneficiario.

La citada sentencia es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la LJCA.