EDITORIAL

Urtasun y su omisión de Sánchez Mejías; de gesto feo a ilegalidad punible


viernes 13 junio, 2025

La Fundación de Toro de Lidia debería tomar madidas legales en el asunto para que la historia -al menos la taurina- no la reescriba este tipo

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El ministro Urtasun.

El acto de homenaje a la Generación del 27 no ha venido a celebrarse: ha venido a depurarse. El Ministerio de Cultura, bajo el timón de Ernest Urtasun —ese ministro que presume de pluralidad mientras recorta con bisturí lo que le incomoda—, ha decidido que Ignacio Sánchez Mejías no merece un sitio en el banquete. Que no hay silla para el torero, escritor, mecenas, dinamizador cultural, amigo íntimo de Lorca, personaje trágico y real que inspiró el Llanto más demoledor de nuestra literatura.

Y esto, más allá de ser una obscenidad cultural y una cobardía estética, podría constituir una infracción jurídica. Porque cuando una institución pública manipula el relato histórico a conveniencia ideológica, lo que está en juego no es solo la memoria: es el cumplimiento de la ley. Y este comportamiento es susceptible de infringir algunas normas de nuestro Ordenamiento Constitucional que vamos a explicar a continuación.

1. El Ministerio contra la Constitución: la verdad como daño colateral

Empecemos por lo esencial: la Constitución obliga a la Administración a actuar con objetividad (art. 103 CE). No dice «cuando te conviene». No dice «salvo si el personaje es un torero». Y desde luego no dice «puedes reescribir la historia para que encaje con tu relato».

Excluir a Sánchez Mejías del relato del 27 no es una omisión inocente. Es una manipulación. Un borrado selectivo que empaña la labor de un Estado que debe servir a todos los ciudadanos, no solo a los que militan en el gusto del ministro. Y eso no es una mala decisión cultural: es una ilegalidad.

2. La ley del Patrimonio Histórico no es una sugerencia

La Ley 16/1985 dice que el Estado debe conservar y difundir todo el patrimonio cultural. No parte. No «lo que nos gusta». Todo. Sánchez Mejías forma parte inseparable del tejido cultural que dio forma a la Generación del 27. Si hay grupo, si hay foto, si hay memoria, es en parte porque él la impulsó, la financió y la encarnó.

Excluirlo es mutilar un relato histórico protegido por ley. Un relato que no pertenece ni al ministro ni a su agenda. Lo que está haciendo el Ministerio es, como mínimo, una negligencia institucional grave. Como máximo, una vulneración directa del deber de protección del patrimonio inmaterial. Las dos cosas son punibles -o dberían serlo- en una sociedad de Derecho.

3. La tauromaquia como excusa: cuando la ideología censura la historia

Que nadie se engañe: si Sánchez Mejías no hubiera sido torero, habría tenido un busto en cada acto de la celebración. Pero la tauromaquia, hoy más que nunca, sirve de coartada para el revisionismo. Es la nueva herejía. Y el ministro, nuevo inquisidor.

Aquí entra el artículo 14 de la Constitución: todos los ciudadanos son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de opinión, ideología o actividad. Y esto —digámoslo claro— es discriminación ideológica. Censura por asociación. Cancelación desde el despacho.

Y la censura, aunque sea por omisión, también deja huella. Y también puede ser delito.

4. Promover la literatura no es elegir a tus autores favoritos

La Ley 10/2007 obliga al Estado a promover el conocimiento del patrimonio literario. ¿De verdad puede hablarse de literatura del 27 sin mencionar a Sánchez Mejías, que escribió, vivió, y murió por ese grupo? ¿Que inspiró uno de los poemas capitales del siglo XX?

La omisión no es sólo un insulto a la inteligencia: es un incumplimiento legal. Porque si el Estado margina un pilar literario por razones estéticas o políticas, está traicionando su función. Y eso es algo que, jurídicamente, se puede y se debe denunciar.

5. La memoria como derecho, la omisión como agravio

Si un colectivo, una familia, una comunidad académica o ciudadana puede demostrar que esta exclusión vulnera su derecho a una memoria cultural veraz, se abre la puerta a la responsabilidad patrimonial del Estado (Ley 40/2015). No estamos ante un olvido casual. Estamos ante un silenciamiento deliberado.

Y cuando se niega el acceso a una historia completa, el daño no es solo moral. Es administrativo, institucional, cultural y, posiblemente, económico. Porque no se puede construir un relato público amputando al personaje que lo financió, lo inspiró y lo vivió hasta el final.

Conclusión: El olvido intencionado también se paga

La exclusión de Sánchez Mejías no es una anécdota ni un descuido. Es una maniobra de blanqueo ideológico. Un intento de reescribir la historia con la tinta de lo políticamente cómodo. Y lo peor es que podría ser también una infracción jurídica.

La ley no es una baraja para hacer trampas en cada efeméride, y la Cultura, cuando se gobierna desde el prejuicio, no ilumina: borra. Sánchez Mejías no merece un homenaje por torero, sino por hombre de letras, por mecenas y por símbolo trágico de una España que aún intenta entenderse. Le pese a quien le pese y le incomode a quien le incomode, incluido el trilero que gestiona, hoy por hoy, el Ministerio de Cultura.

Ernesto Urtasun -catalanista, independentista, antitaurino confeso, él- puede tener opiniones, faltaría más. Y defenderemos con la vida, si es preciso, su derecho a tenerlas y expresarlas. Lo que no tiene es derecho a amputar la historia, porque el olvido intencionado, ministro, también deja pruebas. Y a veces, también se paga.

Por eso Cultoro insta a la Fundación del Toro de Lidia a tomar medidas legales contra el ministro por cercenar la Cultura a su voluntad. Porque si queremos que esa sea la entidad que represente a la Tauromaquia, debería apretar un par de tuercas que también resultan incómodas.