El empresario José Montes se ha defendido este viernes 29 de abril en un comunicado después de que el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, junto con los Consistorios de San Martin de Valdeiglesias, Valdilecha, Valdetorres y Miraflores de la Sierra, hayan enviado una carta a la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, pidiendo su colaboración ante las acciones llevadas a cabo por el empresario contra estos Consistorios por impedirle dar toros en las últimas semanas en sus cosos.
Mediante el presente un escrito, y en base a las alusiones hacia mi persona, por los citados Ayuntamientos, ha manifestado distintos puntos que pasamos a reproducir de forma literal a continuación.
- Es cierto que he interpuesto 5 demandas hace 6 meses contra los ayuntamientos firmantes del comunicado publicado en el día de ayer, haciendo uso de mi legítimo derecho a tutela judicial efectiva, consagrado como DERECHO FUNDAMENTAL en nuestra CONSTITUCION en su artículo 24, pero no es menos cierto que en la Asociación que presido se siguen actualmente 60 procedimientos judiciales contra administraciones locales que entendemos que han obrado de manera contraria a derecho, situación que me enorgullece enormemente, pues además de servir a mis asociados, personalmente me llena de manera plena, pues luchar contra las injusticias, considero que es uno de los valores que más engrandecen a una persona.
- El intento de desprestigio hacia una persona, por hacer uso de un derecho fundamental, resulta, además de absurdo a todas luces, incoherente por venir de unos representantes de unas instituciones administrativas que basan todas sus actuaciones en base a unos procedimientos ajustados a lo que marcan las normas, siendo precisamente la NORMA SUPREMA (Constitución Española) la que guía la actuación de mi persona.
- Que en un estado de derecho, la actuación más civilizada de cualquier ciudadano cuando cree que se está vulnerando alguno de sus derechos, es acudir a los tribunales, para que sea allí donde se diriman las discrepancias entre 2 partes que defienden posturas opuestas. Estar en desacuerdo con este proceder conlleva entender como opción de solucionar las discrepancias, hacer uso de la fuerza o simplemente denegar el derecho de acceso a la justicia por parte de los ciudadanos.
- El fundamento de las mencionadas demandas no es otro que la defensa de otro derecho fundamental recogido en nuestra Carta Magna, como es el de IGULADAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACION (artículo 14 C.E.), basadas estas en no haber recibido por parte de las administraciones locales referidas un trato igualitario respecto a otras empresas taurinas que se les cedió de manera gratuita las plazas de toros de propiedad municipal, en los mismos términos en los que esta parte solicitó dichas plazas de toros.
- Que debe ser conocido por todos, que alguno de los procedimientos seguidos contra estos ayuntamientos, ya cuentan con un informe del ministerio fiscal manifestando que se ha vulnerado a su entender el derecho de igualdad de trato de la demandante.
- Los Ayuntamientos firmantes del comunicado, alegan de manera textual que solicitan ayuda a la Señora Ayuso porque mi persona está causando graves perjuicios a las arcas municipales de estos Ayuntamientos, por los gastos de abogados y el coste de las POSIBLES INDEMNIZACIONES que tengan que pagar en caso de ser estimadas mis pretensiones. Pues bien, dicho con los debidos respetos y en estrictos términos de defensa, esta argumentación es absurda, pues cualquier ayuntamiento debe estar capacitado jurídicamente para defenderse de cualquier tipo de procedimiento judicial al que deba enfrentarse, pero a mayor abundancia, la ley establece que la parte a la que no le da la razón el juzgador, paga las costas de la parte contraria, con lo que si mis demandas no tienen fundamento, no tendrían que asumir gasto alguno. Pero si hay algo del comunicado de una estupidez supina y por qué no decirlo un insulto a la inteligencia es considerar como perjuicio para un Ayuntamiento, el tener que abonar una indemnización a un tercero que previamente un juez en una sentencia haya considerado que se le ha vulnerado un derecho. Precisamente esa indemnización se concedería porque han quedado acreditados unos verdaderos perjuicios al demandante con anterioridad y en consecuencia deben responder en concepto de responsabilidad patrimonial de manera responsable.
- De igual forma que yo respetaré las resoluciones judiciales, en caso de no estimar mis pretensiones, estos ayuntamientos deben respetar la legalidad de mis demandas,
- Que públicamente me ofrezco a asesorar y ayudar a cualquier empresario taurino para impugnar cualquier pliego o actuación administrativa que estime que vulnera sus derechos, pues es de imperiosa necesidad para el sector taurino, acabar con la corrupción y trato de favor hacia ciertos empresarios por parte de las administraciones públicas, que favorecen a sus amigos con dinero de todos los contribuyentes.
Sin nada más que añadir, reciban un cordial saludo. José Manuel Bello Montes.