EMOLUMENTOS

Los sueldos de los toreros cambian tras una nueva resolución: ¿Cuánto cobra ahora cada uno en una Feria como San Isidro?


lunes 5 junio, 2023

Tras la nueva actualización, conocemos los emolumentos en plazas de primera categoría para los toreros de los distintos grupos en festejos de dos reses.

Morante
Morante en Las Ventas el pasado San Isidro. © Luis Sánchez Olmedo

Acaba la Feria de San Isidro, y con ella se va una de las ediciones más exitosas de las últimas décadas. Casi 21.000 espectadores han acudido de media por festejo con un 91% de ocupación media en la plaza, amén de cuatro tardes en la que se sobrepasó la cifra de 22.000 espectadores y hasta nueve festejos de No hay billetes. Hay que tener en cuenta que no hubo ni una sola corrida de toros o corrida de rejones en la que hubiese menos de 18.000 espectadores en la plaza, todo un éxito casi histórico -teniendo en cuenta también cómo la liberalización de precios ha afectado al bolsillo del aficionado y que un 67% del total del coso era abonado-.

Y una Feria en la que, por cierto, también han cambiado los emolumentos mínimos de los toreros tras la modificación por resolución de este aspecto el pasado mes de febrero. Al hablar de emolumentos mínimos, nos referimos al sueldo más bajo que puede cobrar un matador en un ruedo de primera categoría administrativa, no a lo que cobran figuras de alto caché o toreros que así se lo han ganado en las últimas temporadas.

En este último aspecto, según comentó el propio Simón Casas -empresario de Plaza 1, gestora de la plaza de toros de Las Ventas- en una entrevista concedida en 2018, las figuras se llevaban prácticamente el 50% del taquillaje del día en el que estaban anunciadas, el cual estaba cifrado en unos 600.000 € antes de la liberalización de precios. Por todo ello, una máxima figura del toreo se embolsaba 240.000 € por tarde toreada en la primera plaza del mundo antes de ese hecho.

Evidentemente, no todos los toreros tienen ese caché, por eso Simón Casas y García Garrido -su socio en Las Ventas- buscan desde entonces abrir carteles para evitar perder dinero esas tardes. «Anunciar a Morante, Juli y Talavante con toros de Victoriano del Río en Las Ventas, por ejemplo, cuesta 900.000 euros«, comentó el propio empresario en los micrófonos de Onda Madrid hace unos meses.

¿Cuál es el sueldo mínimo de un torero en Las Ventas a partir de ahora?

Detalle Ventas
Detalle de una tarde de toros en Las Ventas. © Luis Sánchez Olmedo

Como ya reflejamos en anteriores publicaciones, los matadores de toros tienen marcados por ley unos mínimos a percibir para su contratación en cualquier tipo de plaza, ya sea de una categoría u otra, esté en un determinado grupo —según los festejos toreados el año anterior— o el número de reses para el que esté contratado ese día, algo que queda reflejado última Resolución del 25 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, que sustituyó a dicha resolución del 10 de enero de 2020.

Los matadores de toros se dividen en cuatro grupos según los festejos toreados el año anterior, unos honorarios que fluctúan según el grupo al que pertenezcan (ESPECIAL-A-B-C) y la categoría de la plaza donde comparezcan (1ª-2ª-3ª-4ª). En este caso, al hablar de Madrid, nos centraremos en las plazas de toros de primera categoría. Para Matadores de Toros queda especificada en el BOE una reducción general del 10 % sobre el importe bruto establecido en las tablas generales vigentes en cada temporada, incluyendo todos los conceptos (salarios de cuadrilla, gastos generales y honorarios estrictos del matador).

Las plazas de primera de España y Francia (en Portugal no hay de esta categoría)

Adolfo Martín
Un toro de Adolfo Martín en los corrales de Las Ventas. © Plaza 1

En este caso hablamos de la primera plaza del mundo y su Feria de San Isidro, pero estas tablas también están en vigor para otras de similar categoría como: Sevilla, Córdoba, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Bilbao, San Sebastián, Pamplona y Málaga en España, Nimes, Arles, Bayona, Beziers, Dax, Mont de Marsan y Vic-Fezensac en Francia. Como dato a tener en cuenta, Portugal no tiene plazas de toros de primera como tal, equiparándose Santarem y Lisboa a las de segunda categoría tanto en España como en Francia.

Según dicha actualización, un matador de toros del Grupo A percibirá un mínimo de 22.313 € en una plaza de primera, respecto a los 21.107 € que percibía antes de la modificación. Uno del grupo B tiene base mínima de 17.004 € en plazas de primera, una cifra inferior a los 15.873 € que marcada en el anterior convenio. Por último, la retribución varía sensiblemente si se trata de un espada del grupo C, este tendrá en 2023 unos mínimos de 15.304 € en una plaza de primera por los 14.286 € de antes.

Hay que tener en cuenta que estamos hablando de un acuerdo de actualización de la tabla salarial y una modificación en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad. Dicha tabla salarial refleja los mínimos estipulados, pudiendo existir un aumento de los salarios en función de la categoría del matador en cuestión. Es por tanto claro y notorio que una figura del toreo no se rige por estas tablas y sí aquellos más modestos.

Una vez deducido los gastos relacionados anteriormente a la actividad, así como su propia cotización a la Seguridad Social, el novillero tendrá que proceder a la correspondiente liquidación de impuestos ante la Agencia Tributaria, con lo que resultaría finalmente el líquido resultante de su actividad, procedimiento de liquidación, la cual no difiere sustancialmente de la de cualquier empresario o profesional, al igual que ocurrirá con su apoderado, el cual tendrá unos ingresos cifrados en torno al 15%, aunque este porcentaje no está regulado por ley como sí está el del propio matador.

Toreros

Visto el texto del acuerdo de actualización de la tabla salarial y de modificación del VI Convenio colectivo nacional taurino (Código de convenio núm. 99001985011988) publicado en el BOE de 16 de septiembre de 2022, acuerdo que ha sido suscrito con fecha 16 de diciembre de 2022, de una parte por la Asociación Nacional de empresas organizadoras de espectáculos taurinos (ANOET), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FESMCUGT, CC.OO., Unión de Toreros (UT), Unión Nacional de Picadores y Banderilleros Españoles (UNPBE) y Asociación Nacional de Mozos de Espadas (ASNAME), en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.