EMOLUMENTOS

Este es el nuevo sueldo mínimo de los toreros en plazas de segunda y de tercera: ¿Cuánto ganan ahora?


miércoles 7 junio, 2023

Siempre hablamos de retribuciones mínimas publicadas en el BOE en relación a los festejos taurinos en plazas de 2ª y 3ª categoría.

Detalle
Detalle previo a un paseíllo. © Pablo Ramos

Hablar del tema monetario en el mundo del toro es algo que siempre ha estado mal visto; saber cuanto gana un determinado torero se ha llevado con sigilo, básicamente para no influir en las negociaciones con otros compañeros, algo que podía torpedear éstas y provocar una negociación a la alta con otros toreros de similar categoría. Pese a ello, hay algunos empresarios que ya hablaron con luz y taquígrafo sobre los emolumentos de ciertos toreros en la primera plaza del mundo.

Pero ese caché viene derivado por la posición de una serie de toreros que tienen la fuerza suficiente para que los mínimos estipulados por el BOE sean bajos o muy bajos en comparación con aquello que se embolsan tarde tras tarde. Aquí nadie discute el montante con el que se logre cerrar a toreros de la parte alta del escalafón, ganado lo tienen; primero, por la gente que logran meter en una plaza de toros y segundo, por la legitimidad que les da ser figuras del toreo y pedir las cantidades que ven oportunas, distinto es el caso de toreros más humildes que entran en las ferias por esos mínimos estipulados en el BOE y de los que daremos posteriormente sus cifras.

Así, los matadores de toros tienen marcados por ley unos mínimos a percibir para su contratación en cualquier tipo de plaza, ya sea de una categoría u otra, esté en un determinado grupo —según los festejos toreados el año anterior— o el número de reses para el que esté contratado ese día, algo que queda reflejado última Resolución del 25 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, que sustituyó a dicha resolución del 10 de enero de 2020.

Para matadores de toros queda especificada en el BOE una reducción general del 10 % sobre el importe bruto establecido en las tablas generales vigentes en cada temporada, incluyendo todos los conceptos (salarios de cuadrilla, gastos generales y honorarios estrictos del matador).

Una vez deducido los gastos relacionados anteriormente a la actividad, así como su propia cotización a la Seguridad Social, el espada tendrá que proceder a la correspondiente liquidación de impuestos ante la Agencia Tributaria, con lo que resultaría finalmente el líquido resultante de su actividad, procedimiento de liquidación, la cual no difiere sustancialmente de la de cualquier empresario o profesional, al igual que ocurrirá con su apoderado, el cual tendrá unos ingresos cifrados en torno al 15%, aunque este porcentaje no está regulado por ley como sí está el del propio matador.

Estos espadas se dividen en varios grupos según los festejos toreados el año anterior, unos honorarios que fluctúan según el grupo al que pertenezcan y la categoría de la plaza donde comparezcan (1ª-2ª-3ª-4ª). En este caso nos centraremos en las plazas de toros de segunda, entre las que se encuentran todas las capitales de provincia que no hayan sido clasificadas de 1.ª; más las madrileñas de Vista Alegre, Colmenar Viejo y Aranjuez, las gaditanas de Algeciras, Jerez de la Frontera y El Puerto de Santa María y las pacenses de Mérida y Olivenza,

Respecto a las provincias que únicamente tienen una plaza -no capital de provincia- como coso de segunda, destacan la cacereña de Plasencia, la jiennense de Linares y la asturiana de Gijón. El relación a las plaza de toros de Francia, están estipuladas las de Ceret, Floriac e Istres como cosos de segunda así como Santarem y Lisboa en el territorio portugués.

Según dicha actualización del pasado 25 de febrero: un matador de toros del Grupo A percibirá un mínimo de 20.663 € en una plaza de segunda y 18.323 € en una de tercera categoría. Uno del grupo B tiene base mínima de 15.274 € en un coso de segunda categoría y 12.621 € en uno de tercera. Por último, la retribución varía sensiblemente si se trata de un espada del grupo C, este tendrá en 2023 unos mínimos de 13.856 € en una plaza catalogada de segunda por los 11.383 € de una de tercera.

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